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MONOGRAFICOS ARESCAM |
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BOLETIN ELECTRÓNICO ARESCAM 21-12-07
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La Asociación Regional de Empresarios de Castilla- La Mancha (ARESCAM), crea el portal de prevención de riesgos laborales www.clmprevencion.com
clmprevencion.com, el portal de consulta para los empresarios y trabajadores autónomos de Castilla- La Mancha
El nuevo portal www.clmprevencion.com, es un servicio que ofrece la Asociación Regional de Empresarios de Castilla - La Mancha, gracias al Convenio suscrito con la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral de la Consejería de Trabajo y Empleo, de cara a servir como medio de consulta y solución para todos aquellos problemas que se planteen en materia de Prevención de Riesgos Laborales a los trabajadores autónomos y empresarios de la pequeña y mediana empresa de nuestra Región.

Contenidos mas relevantes del nuevo portal de Prevención de ARESCAM
Entidades Acreditativas
- Servicios de Prevención Acreditativos
- Entidades Auditoras Acreditadas
- Empresas de Formación
- Organismos de Control
Legislación y normativas
- Legislación Vigente
- Equipos de protección individual
- Guías orientativas de selección de Equipos de Protección Individual:
1.- Calzado
2.- Auditivos
3.- Cascos de seguridad
4.- Control de caídas e altura
5.- Chalecos Salvavidas
6.- Guantes de Protección
7.- Ocular y facial
8.- Respiratorios
9.- Ropa de Protección
Guías Prácticas
- Artes Gráficas
- Carretillas
- Escayolístas
- Floristerías
- Fontanería y Calefactores
- Gasolineras
- Hostelería
- Conservas Alimenticias
- Instalaciones Eléctricas
- Limpieza Vial
- Oficinas
- Panaderías
Ayudas y Subvenciones
Donde se detal lan las subvenciones por sector de actividad.
ARESCAM, en todos los casos, ofrece a sus asociados, la posibilidad de gestionar las subvenciones ante la Administración y la posibilidad de que el empresario o autónomo que lo solicite reciba un adelanto de las subvenciones a través de acuerdos preferentes con diversas entidades financieras.
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El teléfono de quejas, sugerencias y reclamaciones de ARESCAM recibe sus primeras 372 llamadas
Queja mayoritaria de la obligatoriedad del pago de la cuota a las Cámaras de Comercio: ¿Porqué tenemos que pagar?. ¿Porqué me obligan?. ¿Puedo dejar de pagarlo?
Estas son las principales quejas de la práctica totalidad de las 372 llamadas recibidas al teléfono de quejas, sugerencias y reclamaciones del autónomo.
De un total de 372 llamadas, además de otras reivindicaciones como la competencia desleal, la jubilación, el pago obigatorio de la cuota a las Cámaras de Comercio han sido las principales reivindicaciones.
La mayoría de los trabajadores autónomos que se han animado a utilizar el nuevo servicio ofrecido por la Asociación Regional de Empresarios de Castilla- La Mancha (ARESCAM)
desconocen los servicios que las Cámaras de Comercio realizan para potenciar el comercio de las zonas rurales.
Nuevamente constatamos que el micro empresario, trabajador autónomo tiene la sensación de estar pagando una cuota para favorecer el comercio de los grandes empresarios, cuando la obligación de la Cámara de Comercio es la de atender y promocionar también a todos los trabajadores autónomos sin excepción.

¡Enfrente de mi obra están trabajando de forma ilegal y por más que lo digo nadie viene a poner remedio!
Nueva frase común de la mayoría de los autónomos que han dejado su queja en el teléfono 902 108 492.
El trabajador autónomo se queja de recibir inspecciones, "que lo consideran bien, siempre que también se vigile a diferentes actividades que no están dados de alta como autónomos y están perjudicando seriamente nuestros negocios", comentan.
"Nosotros les pagamos para que vigilen a todos los que están trabajando sin licencia y sólo vienen a vernos a los mismos, a los que no hacemos mas que pagar"....

Conclusiones
Cámara de Comercio
Claramente, los autónomos y empresarios que nos han llamado, según Abel Martínez, Presidente de ARESCAM, se están quejando de hechos que constantemente estamos escuchando en las diferentes reuniones donde los autónomos hablamos de nuestros problemas.
Si bien, la función de la Cámara de Comercio debería de ser buena para el conjunto de empresarios y trabajadores autónomos, solictamos que el pago sea voluntario, de tal forma que pague aquel que realmente reciba servicios, de tal forma que el trabajador autónomo y el empresario tenga la libertad de elegir, como lo hacen con las asociaciones empresariales de Castilla- La Mancha.
Competencia desleal
Nuevo capítulo de gran importancia para los autónomos que día a día pagan todos sus impuestos, pero ven que en diferentes actividades se están produciendo situaciones de competencia desleal (servicios de peluquería a domicilio, obras y reformas realizadas por empresas que no cumplen con los requisitos legales, venta ambulante careciendo de licencias, etc.).
Solicitamos, en éstos casos un esfuerzo de la inspección en verificar no sólo el cumplimiento de las obligaciones legales de los trabajadores autónomos y empresario sino de cualquier actividad que sea sospechosa de incumplir los requisitos legales que la práctica mayoría de los trabajadores autónomo y empresarios cumplimos.
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Castilla- La Mancha cerrará el año 2007 con un crecimiento de trabajadores autónomos superior a la media nacional y se consolida como la quinta Comunidad Autónoma en crecimiento del número de trabajadores autónomos.
Cercanos al final de año, a nivel nacional, el número de autónomos dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos- RETA, ha crecido de 3.051.693 a 3.156.913 trabajadores autónomos.
Castilla- La Mancha ocupa el quinto lugar en crecimiento neto de trabajadores autónomos, al alcanzar la cifra de 7.716 nuevos autónomos.
Por encima de Castilla- La Mancha se sitúan las Comunidades Autónomas de la Comunidad Valenciana (12.894), Cataluña (14.494), Andalucía (16.628) y en primer lugar la Comunidad de Madrid con un incremento de 17.216 trabajadores autónomos.
Por debajo de las cifras registradas en Castilla- La Mancha, se sitúan muy por debajo las Comunidades autónomas de I. Baleares (4.893), Castilla y León (4.448), Galicia (4.184) y Aragón (4.034).
El resto de Comunidades Autónomas han registrado incrementos inferiores a los 4.000 trabajadores autónomos de enero a noviembre de 2007.

Crecimiento de trabajadores autónomos en Castilla- La Mancha
De los 105.220 nuevos emprendedores dados de alta a nivel nacional, 7.716 pertenecen a nuestra Región, lo que supone un 7,3% de las nuevas altas.
En Castilla- La Mancha, hemos pasado de 136.591 a 144.307 trabajadores autónomos, lo que supone un incremento a nivel de Comunidad Autónoma del 5,65%, frente al 3,45% de media a nivel nacional.
Guadalajara, con un incremento del (9,51%) seguido de Toledo, con un incremento del (6,53%) y Cuenca con un incremento del (5,45%), son las Provincias que mayores incrementos han registrado en 2007, seguidos de Ciudad Real (4,76%), todas ellas con crecimientos superiores a la media nacional del (3,44%), excepto Albacete, cuyo crecimiento fue del (3,40%).
En valores absolutos de creación de empleo por cuenta propia, Toledo, con un incremento de (3.192) trabajadores autónomos y Ciudad Real con (1.542) nuevos emprendedores, acaparan más del 60% de los nuevos empleos por cuenta propia de la Re gión.
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Aprobada la ampliación de los cambios voluntarios en las bases de cotización de los trabajadores autónomos
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales amplía a partir de hoy los cambios voluntarios en la base de cotización de los trabajadores autónomos, en lugar del único cambio que hasta hoy se podía realizar.
- En las diferentes reuniones con los trabajadores autónomos castellanos-manchegos, la Asociación Regional de Empresarios de Castilla- La Mancha (ARESCAM), ha recogido la demanda unánime de posibilitar al autónomo a elevar o disminuir su cotización en cualquier momento del año, debido a que hasta ahora, únicamente se podían variar las bases de cotización hasta el día 31 de septiembre de cada año, con efecto del año natural siguiente.
La Orden TAS/3557/2007, de 30 de noviembre, viene a recoger la principal demanda del trabajador autónomo:
- A partir del día 8 de diciembre, Los trabajadores autónomos podrán cambiar dos veces al año la base por la que viniesen obligadas a cotizar, eligiendo otra, dentro de los límites mínimo y máximo aplicables en cada ejercicio, siempre que así lo soliciten de la Tesorería General de la Seguridad Social antes del día 1 de abril, con efectos del 1 de julio siguiente, y antes del 1 de oct ubre, con efectos del 1 de enero del año siguiente.
- Los trabajadores por cuenta propia o autónomos incluidos en este régimen especial que tengan la edad de cincuenta o más años en el momento de surtir efectos el cambio voluntario de base de cotización, sólo podrán elegir una base que esté comprendida entre los límites mínimo y máximo establecidos específicamente para ellos en cada ejercicio por la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado y la Orden anual de cotización a la Seguridad Social, de desarrollo de las normas contenidas al respecto en dicha Ley de Presupuestos.
- Los trabajadores por cuenta propia o autónomos que estén cotizando por cualquiera de las bases máximas de este régimen especial podrán solicitar que, mientras mantengan su situación de alta en dicho régimen, su base de cotización se incremente automáticamente en el mismo porcentaje en que se aumenten dichas bases máximas.
- Los trabajadores por cuenta propia o autónomos qu e no estén cotizando por cualquiera de las bases máximas podrán solicitar que, mientras mantengan su situación de alta, su base de cotización se incremente automáticamente en el mismo porcentaje en que se aumenten las bases máximas de cotización de este régimen especial. En ningún caso la base de cotización elegida podrá ser superior al tope máximo de cotización que pudiera afectar al trabajador.
Según Abel Martínez, Presidente de la Asociación Regional de Empresarios de Castilla- La Mancha (ARESCAM), "con medidas como las que el pasado día 7 de diciembre adoptó el Ministerio de Trabajo, ayudarán a disminuir la gran diferencia de las pensiones de los trabajadores autónomos con respecto a los trabajadores del Régimen General".
No es de recibo que un empresario o autónomo que haya cotizado mas de cuarenta años y que día a día genera empleo para la región, reciba una pensión media de alrededor de 546 euros, cuando los trabajadores por cuenta ajena reciben pension es medias de 863 euros.
La explicación a un dato tan negativo, lo encontramos en la alta tasa de cotizaciones en la base mínima que realiza el trabajador autónomo, aproximándose al 80% los autónomos que cotizan por debajo de sus ingresos reales.
Desde la Asociación Regional de Empresarios de Castilla- La Mancha (ARESCAM), solicitamos que una vez ampliadas las fechas en las que el trabajador autónomo puede ampliar o disminuir su base de cotización, se realicen jornadas de difusión coordinadas por la Consejería de Trabajo y Empleo, junto con la Tesorería General de la Seguridad Social, encaminadas a dar a conocer las diferentes bases de cotización y la importancia de adecuar la base de cotización a sus ingresos reales, con el fin de obtener una mayor protección ante contingencias tan importantes como la Enfermedad, Invalidez, Jubilación o Fallecimiento.
ARESCAM seguirá informando en las diferentes Jornadas del Estatuto del Trabajo Autónomo de la nueva norm a que a partir del día 8 tendrá plena vigencia, con el fin de sensibilizar a todos los empresarios y trabajadores autónomos de la Región.
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Información ARESCAM |
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